«Aunque mucha gente, incluyendo policías, jueces y funcionarios de las agencias, asocian alteración a la paz con prácticamente cualquier controversia por ruidos, incluyendo amplificación de sonido por vecinos y negocios, la realidad es que el texto del Artículo 241 del Codigo Penal vigente parece solamente aplicar a actos de una persona que por sus expresiones o actitudes incita o provoca a otra persona a un enfrentamiento. »
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